Sentencia TSJ Comunidad Valenciana sobre derecho de MILITAR a disfrutar de una licencia de dos meses de asuntos propios.-
17/05/1999
PILOTO DE HELICOPTEROS.- LICENCIA POR ASUNTOS PROPIOS.- El Tribunal reconoce el Derecho del recurrente, piloto de helicópteros del Ejército, a obtener la licencia solicitada al amparo de la entonces vigente O.M. 148/95, de 23 de noviembre y art. 219 de las RR.OO. y que le había sido denegada su TRAMITACION únicamente bajo la “justificación” de que se habían informado “favorablemente” otras peticiones similares anteriormente. El Tribunal dice que se debía haber tramitado y si finalmente hubiera faltado personal se podría haber denegado acreditando esta circunstancia.