Sentencia Audiencia Nacional, Sección Quinta, que estima el derecho del recurrente a obtener efectos retroactivos de su pensión de retiro extraordinaria.
29/06/2006
EFECTOS RETROACTIVOS DE PENSION EXTRAORDINARIA A FECHA DE RESOLUCION POR SILENCIO ADMINISTRATIVO.- La Sentencia impugnada del Juzgado Central nº 9 planteando pensión extraordinaria por silencio administrativo únicamente otorgó el derecho al Guardia Civil recurrente de su pensión extraordinaria desde la declaración en Sentencia, y esta Sentencia en apelación otorga el derecho desde el momento en que debió dictarse la resolución administrativa POR SILENCIO (al cumplirse el plazo máximo de resolución del expediente de seis meses (tres del plazo más tres de posible suspensión)), ordenando se abonen los atrasos de pensión desde esa fecha.