LA JUEZ PENAL SE INHIBE A FAVOR DE LA JURISDICCION PENAL MILITAR EN LA DENUNCIA PRESENTADA FRENTE AL GENERAL QUESADA.-
03/03/1994
Frente a dicho auto se presentó recurso por el titular de este despacho considerando que el Derecho Fundamental a la Libertad Religiosa debía ser preponderante a la hora de enjuiciar el asunto por la vía penal ordinaria y no como un simple delito de abuso de autoridad, donde tan sólo se valoraba el ejercicio de la Autoridad y la disciplina militar como valor preponderante (en el mismo sentido obtuvo en su día un voto particular (del entonces Presidente Excmo. Sr. Jimenez Villaerjo) en la Sala V de lo militar cuando finalmente se sobreseyó el asunto en el Tribunal Supremo).