REGISTRO DE ASOCIACIONES PROFESIONALES DE MIEMBROS DE LAS FUERZAS ARMADAS

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REGISTRO DE ASOCIACIONES PROFESIONALES DE MIEMBROS DE LAS FUERZAS ARMADAS

25/11/2011
La Orden DEF/3217/2011, de 18 de noviembre (BOE. 284, de 25 de noviembre), regula el Registro de Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas, estableciendo y desarrollando los procedimientos de inscripción.
En el Registro sólo se inscribirán las solicitudes relativas a asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas que tengan como finalidad la promoción y defensa de los intereses profesionales, económicos y sociales de sus asociados, de conformidad con el artículo 33 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, y que cumplan los requisitos del artículo 34 de la misma ley
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Ha de tenerse en cuenta que los materiales contenidos en las mismas pudieran no reflejar la última jurisprudencia o legislación sobre las cuestiones analizadas, pudiendo ser modificados, desarrollados o actualizados sin notificación previa.

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