MEDIDAS COMPLEMENTARIAS EN MATERIA DE POLITICAS DE EMPLEO Y DE REGULACION DEL REGIMEN DE ACTIVIDAD DE LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO
20/09/2011
El Real Decreto-ley 3/2011, de 18 de febrero (BOE 226, de 20 de septiembre de 2011), modifica la regulación de la permanencia en servicio activo de los miembros del Cuerpo de la Policía Nacional. Se establece como novedad la posibilidad de permanencia en el servicio activo hasta la edad de jubilación a los sesenta y cinco años, permitiendo la prolongación de la carrera profesional siempre que se reúnan las condiciones adecuadas para el desempeño. Igualmente, se modifica el régimen aplicable a determinados miembros de la Guardia Civil para posibilitar su permanencia en servicio activo hasta el cumplimiento de la edad de 65 años.