El Ejército impone un arresto de un mes al presidente de AUME por criticar en los medios los recortes de Defensa
02/04/2013
2/04/2013 europa press ECONOMISTA.ES (Se contienen además en el pdf adjunto otras noticias de otros periódicos en relación al mismo asunto).
El Ejército de Tierra ha impuesto un arresto de un mes y un día al presidente de la Asociación Unificada de Militares Españoles (AUME), Jorge Bravo, por criticar en los medios los recortes del Ministerio de Defensa, unas declaraciones que se han considerado constitutivas de la infracción disciplinaria que castiga las "reclamaciones, peticiones o manifestaciones contrarias a la disciplina o basadas en aseveraciones falsas".
NOTA HS ABOGADOS.- Independientemente de las opiniones personales que pueda tener quien escribe este comentario en relación a algunos de los actuales dirigentes de AUME (distintos a Jorge Bravo), que saben perfectamente a quien me refiero, e independientemente también de mi máximo respeto al Asociacionismo y las Asociaciones profesionales de militares y guardias civiles, en general (sindicalismo diría yo abiertamente) por el que siempre, durante ya más de VEINTE AÑOS, he luchado, DESDE AQUÍ QUIERO EXPRESAR MI MÁXIMO RESPETO Y APOYO POR JORGE BRAVO, como él sabe, compañero de promoción, y luchador también, desde hace casi tantos años como yo, por conseguir que en las Fuerzas Armadas ENTRE LA DEMOCRACIA y que se RECUPEREN AQUELLOS DERECHOS CIUDADANOS (y de carácter fundamental) que no tienen porqué verse cercenados de forma TOTAL Y ABSOLUTAMENTE DESPROPORCIONADA en base a una DISCIPLINA MILITAR MAL ENTENDIDA. En su día fui privado de libertad injustamente (y por ello se me "indemnizó" económicamente, con una indemnización que NUNCA cubre el daño moral que se sufre, personal y familiarmente, por una injusta privación de libertad) por la defensa de un derecho fundamental propio (también es cierto que llevaba defendiendo ese derecho para los demás compañeros hacía varios años). Afortunadamente no sufrí más privaciones de libertad por tales actuaciones (tal vez porque abandoné el Ejército hace ya muchos años). JORGE BRAVO tiene el MERITO PERSONAL de haber sido PRIVADO DE LIBERTAD en MÚLTIPLES OCASIONES no ya por defender un concreto derecho propio, sino por DEFENDER PÚBLICAMENTE LOS DERECHOS DE LOS DEMÁS MILITARES EN GENERAL, por exponer las OPINIONES DE SUS COMPAÑEROS PÚBLICAMENTE y EXIGIR EL RESPETO DE UNAS CONDICIONES PROFESIONALES DIGNAS PARA TODOS. Podré tener en la actualidad, mis opiniones personales sobre algunos integrantes (más que miembros de pleno derecho) de la concreta Asociación en la que se encuentra, pero desde aquí quiero PEDIR EL RESPETO DEBIDO HACIA JORGE BRAVO, EJEMPLO de luchador por nuestros derechos, a quien ya en su día le ofrecí mis servicios profesionales como Abogado si los necesitaba cuando, desde AUGC, se creó AUME, recordando con mucho aprecio una comida en la plaza redonda de Valencia donde tuvimos el placer de coincidir y hablar sobre el tema, y no tan gratamente en la segunda vez que coincidimos y sólo pudimos cruzar unas palabras en una manifestación en Madrid, como siempre, exigiendo los derechos de militares y guardias civiles de EXPRESARSE DEMOCRÁTICAMENTE COMO PERSONAS, no como institución, E INTENTAR RECUPERAR LOS DERECHOS CIVILES Y ECONÓMICOS que no tenga justificacion alguna que se nos "eliminen" a los militares, como la PRIVACIÓN DE LIBERTAD impunemente decretada por una Autoridad administrativa, en una situación que en absoluto supone riesgo alguno para la "seguridad nacional" (estamos hablando de unas declaraciones públicas realizadas hace un año, sobre una pérdida de retribuciones del colectivo militar). Cualquier otro ciudadano en Europa, solo podrá ser privado de libertad (Derecho Fundamental reconocido en nuestra Constitución hace ya 35 años) tras una decisión judicial (no administrativa) en la que, además, y salvo razones excepcionales previstas legalmente (prisión provisional), deben haber intervenido no sólo un órgano jurisdiccional, sino DOS. Ello viene así establecido en el Convenio Europeo de Derechos Humanos, respecto al cual, VERGONZOSAMENTE el Estado Español presentó en su día, y mantuvo no hace mucho, una RESERVA DE APLICACION PRECISAMENTE PARA JUSTIFICAR EL MANTENIMIENTO DE LAS SITUACIONES DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD EN EL RÉGIMEN DISCIPLINARIO MILITAR.
En su día, a un magistrado del Tribunal Supremo, Sala de lo Militar, todavía componente hoy de esa Sala, y que merece mis máximos respetos, estando en Cuenca en unas sesiones sobre Derecho Militar, y comentando particularmente una Sentencia en la que se había condenado a un Guardia Civil a tres meses y un día de prisión por un abandono de servicio, con una "construcción" o razonamiento lógico-deductivo un tanto "riguroso" (en el que había participado precisamente dicho Magistrado como ponente), le indiqué que para poder adoptar esas decisiones, probablemente sería conveniente que el que las adoptara hubiera sido previamente privado de libertad injustamente, para conocer así, el "dolor" moral que ello producía, en muchas ocasiones irrecuperable, y con ello, poder poner ADECUADAMENTE EN LA BALANZA DE LA JUSTICIA la actuación desplegada (su desvalor auténtico, desde el punto de vista jurídico) y la consecuencia (sanción) a imponer. Ese magistrado, después de aquellos razonamientos, me llegó a admitir que probablemente, hablando personalmente con las partes y atendiendo la situación real, no habría adoptado tal "rigurosa" decisión. La PRIVACIÓN DE LIBERTAD DE UNA PERSONA, como Derecho Fundamental, es la SANCIÓN PENAL MÁS RIGUROSA QUE EXISTE HOY EN NUESTRO ESTADO DE DERECHO, y, no sólo debería estar (TAMBIÉN PARA LOS MILITARES, salvo en el supuesto de situaciones de excepción o guerra en que pudiera estar justificado un rápido restablecimiento de la disciplina militar, como así se prevé constitucionalmente incluso para la pena de muerte (por supuesto, en casos super extremos)) limitada su imposición al adecuado procedimiento JURISDICCIONAL (no por una simple autoridad administrativa), sino que también entiendo que NUNCA PODRÁ IMPONERSE POR SIMPLES RAZONES DE INDISCIPLINA (actos contrarios a la disciplina militar). Como en su día el TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, cuando todavía actuaba generalmente en defensa de los Derechos Fundamentales para todos los ciudadanos (ahora tan sólo "admite" aquello que tiene "relevancia constitucional", expresión que parece referirse en la práctica, a las cuestiones políticas importantes, como si los Derechos Fundamentales individuales no tuvieran "relevancia constitucional"), dijo en la Sentencia 177/1996 , que puedes descargar en: http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?coleccion=tc&id=SENTENCIA-1996-0177 precisamente en "mi caso personal", LA DISCIPLINA NO PUEDE PONERSE NUNCA POR ENCIMA DE UN DERECHO FUNDAMENTAL.
Para solucionar estos conflictos (por simple disciplina) existen otros múltiples cauces, la suspensión provisional de empleo y funciones, el cese provisional de destino, etc, y, tras la instrucción del oportuno y contradictorio expediente disciplinario IMPARCIAL (hoy en día no se revisten estas garantías), como mucho SANCIONAR ECONOMICAMENTE al infractor, pero NO PRIVARLE DE SU LIBERTAD. JORGE BRAVO, y ya por TERCERA VEZ, va a ser PRIVADO DE SU LIBERTAD DURANTE UN MES Y UN DÍA, privado de poder estar con sus familiares y amigos, SIMPLEMENTE PORQUE HA EMITIDO UNAS DECLARACIONES que no le han gustado a sus mandos superiores, a quienes decía EN GENERAL, que antes de limitar AUN MÁS los sueldos del personal militar que se está jugando la vida en misiones internacionales diariamente, se podrían "recortar" las cuantías procedentes de otros "excesos" como los que nos tienen acostumbrados ya apreciar en las actuaciones políticas en la actualidad, donde vemos que millones de euros de nuestros bolsillos "presuntamente" han "desfilado" a bolsillos de políticos concretos, banqueros, miembros de la familia real, partidos, incluso sindicatos y sindicalistas, y muchos de ellos, la mayoría, NO HAN SIDO PRIVADOS DE LIBERTAD EN MODO ALGUNO ni lo serán probablemente, HASTA PASADOS MUCHÍSIMOS AÑOS en que finalmente se emita un enjuiciamiento de dichos hechos.
Como despedida a estas apreciaciones, JORGE, compañero, creo que todavía amigo aunque hace años que no hemos podido conversar por lo "ajetreado" de nuestras vidas, ESPERO QUE ALGÚN DÍA VEAMOS QUE ESTO CAMBIE, después de TANTOS AÑOS INTENTÁNDOLO A COSTA DE LA PRIVACIÓN DE NUESTROS LEGÍTIMOS DERECHOS, y desde estas líneas, que espero que leas, TE MANDO TODO MI APOYO PERSONAL Y PROFESIONAL en aquello que necesites, y sobre todo, MI APOYO MORAL en los difíciles momentos que sé que estarás pasando y que pasarás en los próximos días. UN FUERTE ABRAZO de tu compañero Francisco Hernández.
El Ejército de Tierra ha impuesto un arresto de un mes y un día al presidente de la Asociación Unificada de Militares Españoles (AUME), Jorge Bravo, por criticar en los medios los recortes del Ministerio de Defensa, unas declaraciones que se han considerado constitutivas de la infracción disciplinaria que castiga las "reclamaciones, peticiones o manifestaciones contrarias a la disciplina o basadas en aseveraciones falsas".
NOTA HS ABOGADOS.- Independientemente de las opiniones personales que pueda tener quien escribe este comentario en relación a algunos de los actuales dirigentes de AUME (distintos a Jorge Bravo), que saben perfectamente a quien me refiero, e independientemente también de mi máximo respeto al Asociacionismo y las Asociaciones profesionales de militares y guardias civiles, en general (sindicalismo diría yo abiertamente) por el que siempre, durante ya más de VEINTE AÑOS, he luchado, DESDE AQUÍ QUIERO EXPRESAR MI MÁXIMO RESPETO Y APOYO POR JORGE BRAVO, como él sabe, compañero de promoción, y luchador también, desde hace casi tantos años como yo, por conseguir que en las Fuerzas Armadas ENTRE LA DEMOCRACIA y que se RECUPEREN AQUELLOS DERECHOS CIUDADANOS (y de carácter fundamental) que no tienen porqué verse cercenados de forma TOTAL Y ABSOLUTAMENTE DESPROPORCIONADA en base a una DISCIPLINA MILITAR MAL ENTENDIDA. En su día fui privado de libertad injustamente (y por ello se me "indemnizó" económicamente, con una indemnización que NUNCA cubre el daño moral que se sufre, personal y familiarmente, por una injusta privación de libertad) por la defensa de un derecho fundamental propio (también es cierto que llevaba defendiendo ese derecho para los demás compañeros hacía varios años). Afortunadamente no sufrí más privaciones de libertad por tales actuaciones (tal vez porque abandoné el Ejército hace ya muchos años). JORGE BRAVO tiene el MERITO PERSONAL de haber sido PRIVADO DE LIBERTAD en MÚLTIPLES OCASIONES no ya por defender un concreto derecho propio, sino por DEFENDER PÚBLICAMENTE LOS DERECHOS DE LOS DEMÁS MILITARES EN GENERAL, por exponer las OPINIONES DE SUS COMPAÑEROS PÚBLICAMENTE y EXIGIR EL RESPETO DE UNAS CONDICIONES PROFESIONALES DIGNAS PARA TODOS. Podré tener en la actualidad, mis opiniones personales sobre algunos integrantes (más que miembros de pleno derecho) de la concreta Asociación en la que se encuentra, pero desde aquí quiero PEDIR EL RESPETO DEBIDO HACIA JORGE BRAVO, EJEMPLO de luchador por nuestros derechos, a quien ya en su día le ofrecí mis servicios profesionales como Abogado si los necesitaba cuando, desde AUGC, se creó AUME, recordando con mucho aprecio una comida en la plaza redonda de Valencia donde tuvimos el placer de coincidir y hablar sobre el tema, y no tan gratamente en la segunda vez que coincidimos y sólo pudimos cruzar unas palabras en una manifestación en Madrid, como siempre, exigiendo los derechos de militares y guardias civiles de EXPRESARSE DEMOCRÁTICAMENTE COMO PERSONAS, no como institución, E INTENTAR RECUPERAR LOS DERECHOS CIVILES Y ECONÓMICOS que no tenga justificacion alguna que se nos "eliminen" a los militares, como la PRIVACIÓN DE LIBERTAD impunemente decretada por una Autoridad administrativa, en una situación que en absoluto supone riesgo alguno para la "seguridad nacional" (estamos hablando de unas declaraciones públicas realizadas hace un año, sobre una pérdida de retribuciones del colectivo militar). Cualquier otro ciudadano en Europa, solo podrá ser privado de libertad (Derecho Fundamental reconocido en nuestra Constitución hace ya 35 años) tras una decisión judicial (no administrativa) en la que, además, y salvo razones excepcionales previstas legalmente (prisión provisional), deben haber intervenido no sólo un órgano jurisdiccional, sino DOS. Ello viene así establecido en el Convenio Europeo de Derechos Humanos, respecto al cual, VERGONZOSAMENTE el Estado Español presentó en su día, y mantuvo no hace mucho, una RESERVA DE APLICACION PRECISAMENTE PARA JUSTIFICAR EL MANTENIMIENTO DE LAS SITUACIONES DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD EN EL RÉGIMEN DISCIPLINARIO MILITAR.
En su día, a un magistrado del Tribunal Supremo, Sala de lo Militar, todavía componente hoy de esa Sala, y que merece mis máximos respetos, estando en Cuenca en unas sesiones sobre Derecho Militar, y comentando particularmente una Sentencia en la que se había condenado a un Guardia Civil a tres meses y un día de prisión por un abandono de servicio, con una "construcción" o razonamiento lógico-deductivo un tanto "riguroso" (en el que había participado precisamente dicho Magistrado como ponente), le indiqué que para poder adoptar esas decisiones, probablemente sería conveniente que el que las adoptara hubiera sido previamente privado de libertad injustamente, para conocer así, el "dolor" moral que ello producía, en muchas ocasiones irrecuperable, y con ello, poder poner ADECUADAMENTE EN LA BALANZA DE LA JUSTICIA la actuación desplegada (su desvalor auténtico, desde el punto de vista jurídico) y la consecuencia (sanción) a imponer. Ese magistrado, después de aquellos razonamientos, me llegó a admitir que probablemente, hablando personalmente con las partes y atendiendo la situación real, no habría adoptado tal "rigurosa" decisión. La PRIVACIÓN DE LIBERTAD DE UNA PERSONA, como Derecho Fundamental, es la SANCIÓN PENAL MÁS RIGUROSA QUE EXISTE HOY EN NUESTRO ESTADO DE DERECHO, y, no sólo debería estar (TAMBIÉN PARA LOS MILITARES, salvo en el supuesto de situaciones de excepción o guerra en que pudiera estar justificado un rápido restablecimiento de la disciplina militar, como así se prevé constitucionalmente incluso para la pena de muerte (por supuesto, en casos super extremos)) limitada su imposición al adecuado procedimiento JURISDICCIONAL (no por una simple autoridad administrativa), sino que también entiendo que NUNCA PODRÁ IMPONERSE POR SIMPLES RAZONES DE INDISCIPLINA (actos contrarios a la disciplina militar). Como en su día el TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, cuando todavía actuaba generalmente en defensa de los Derechos Fundamentales para todos los ciudadanos (ahora tan sólo "admite" aquello que tiene "relevancia constitucional", expresión que parece referirse en la práctica, a las cuestiones políticas importantes, como si los Derechos Fundamentales individuales no tuvieran "relevancia constitucional"), dijo en la Sentencia 177/1996 , que puedes descargar en: http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?coleccion=tc&id=SENTENCIA-1996-0177 precisamente en "mi caso personal", LA DISCIPLINA NO PUEDE PONERSE NUNCA POR ENCIMA DE UN DERECHO FUNDAMENTAL.
Para solucionar estos conflictos (por simple disciplina) existen otros múltiples cauces, la suspensión provisional de empleo y funciones, el cese provisional de destino, etc, y, tras la instrucción del oportuno y contradictorio expediente disciplinario IMPARCIAL (hoy en día no se revisten estas garantías), como mucho SANCIONAR ECONOMICAMENTE al infractor, pero NO PRIVARLE DE SU LIBERTAD. JORGE BRAVO, y ya por TERCERA VEZ, va a ser PRIVADO DE SU LIBERTAD DURANTE UN MES Y UN DÍA, privado de poder estar con sus familiares y amigos, SIMPLEMENTE PORQUE HA EMITIDO UNAS DECLARACIONES que no le han gustado a sus mandos superiores, a quienes decía EN GENERAL, que antes de limitar AUN MÁS los sueldos del personal militar que se está jugando la vida en misiones internacionales diariamente, se podrían "recortar" las cuantías procedentes de otros "excesos" como los que nos tienen acostumbrados ya apreciar en las actuaciones políticas en la actualidad, donde vemos que millones de euros de nuestros bolsillos "presuntamente" han "desfilado" a bolsillos de políticos concretos, banqueros, miembros de la familia real, partidos, incluso sindicatos y sindicalistas, y muchos de ellos, la mayoría, NO HAN SIDO PRIVADOS DE LIBERTAD EN MODO ALGUNO ni lo serán probablemente, HASTA PASADOS MUCHÍSIMOS AÑOS en que finalmente se emita un enjuiciamiento de dichos hechos.
Como despedida a estas apreciaciones, JORGE, compañero, creo que todavía amigo aunque hace años que no hemos podido conversar por lo "ajetreado" de nuestras vidas, ESPERO QUE ALGÚN DÍA VEAMOS QUE ESTO CAMBIE, después de TANTOS AÑOS INTENTÁNDOLO A COSTA DE LA PRIVACIÓN DE NUESTROS LEGÍTIMOS DERECHOS, y desde estas líneas, que espero que leas, TE MANDO TODO MI APOYO PERSONAL Y PROFESIONAL en aquello que necesites, y sobre todo, MI APOYO MORAL en los difíciles momentos que sé que estarás pasando y que pasarás en los próximos días. UN FUERTE ABRAZO de tu compañero Francisco Hernández.