TS deniega a un capitán en la reserva afiliarse a partidos y sindicatos por mantener "vinculación con FFAA
06/10/2013
MURCIA, 7 Oct. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo ha denegado a un vecino de Cartagena, capitán de corbeta en la reserva, poder afiliarse a partidos y sindicatos a pesar de no estar en activo, al entender que el recurrente "no acredita falta de vinculación con las Fuerzas Armadas", según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.
NOTA HS ABOGADOS.- Lo significativo de esta noticia es que se sigue manteniendo el peregrino "argumento" de que por los intereses de los militares y guardias civiles "vela el Estado".
El Tribunal Supremo ha denegado a un vecino de Cartagena, capitán de corbeta en la reserva, poder afiliarse a partidos y sindicatos a pesar de no estar en activo, al entender que el recurrente "no acredita falta de vinculación con las Fuerzas Armadas", según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.
NOTA HS ABOGADOS.- Lo significativo de esta noticia es que se sigue manteniendo el peregrino "argumento" de que por los intereses de los militares y guardias civiles "vela el Estado".
Basta ya de recortes a los derechos fundamentales de los militares y guardias civiles; nuestros Tribunales de Justicia, BUSCANDO CUALQUIER ARGUMENTO FORMAL para no entrar a conocer la realidad de la situación de fondo planteada, utilizan argumentos VANOS y VACIOS DE CONTENIDO como el hecho de que la Constitución permita RESTRINGIR o EXCEPTUAR los derechos fundamentales a los miembros de las FAS y de la Guardia Civil para seguir manteniendo, en nuestra sociedad democrática, LIMITACIONES Y EXCEPCIONES QUE SON PROPIAS DE OTROS TIEMPOS. A diferencia de nuestros políticos, la mayoría de los militares y Guardias Civiles hace ya décadas han demostrado su TALANTE DEMOCRÁTICO Y VOCACIÓN DE SERVICIO PÚBLICO, reclamando simplemente sus derechos laborales, sociales y políticos al igual que cualquier otro ciudadano, SIN OTRAS LIMITACIONES QUE LAS QUE SEAN RACIONALMENTE JUSTIFICADAS por razón de su especial función. Una persona pre-jubilada (pues no es otra la situación de un reservista), que mientras no esté "activado" no desarrolla actividad militar alguna, no puede verse limitada EN MODO ALGUNO EN SUS DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS, y mantener lo contrario es demostración de lo ALETARGADO de nuestros actuales Tribunales de Justicia, que hace años añoramos y entendemos que han perdido su TALANTE DEMOCRÁTICO y de auténtico BALUARTE de respeto de los derechos de los ciudadanos. En la actualidad, con un Tribunal Constitucional que sólo considera que tiene "relevancia constitucional" los temas de "calado político" y DESAMPARA al ciudadano de a pie, porque "no toda violación de un DERECHO FUNDAMENTAL tiene, en la actualidad, "relevancia constitucional"" a su juicio (mis respetos a los magistrados que emitieron sus votos particulares en contra de esta "novedosa" doctrina que deja desamparadas a las personas "normales), o un Tribunal Supremo y Audiencia Nacional, Salas de lo Contencioso-administrativo, asumiendo las directrices políticas de "no dar nada que suponga un quebranto a la economía nacional" (cuando los responsables de la situación actual económica no son otros más que los actuales dirigentes políticos y económicos de la nación) nos hace albergar pocas expectativas de RECUPERAR la esencia de nuestro ESTADO DEMOCRÁTICO DE DERECHO (lo de Social ya hace años que lo estamos olvidando). Francisco Hernández.