CAMBIO DE CRITERIO EN EL MINISTERIO DE DEFENSA SOBRE RESOLUCION DE COMPROMISO DE MILITARES DE EMPLEO por imposición de sanciones disciplinarias extraordinarias
30/12/2011
Recientes resoluciones administrativas de la Ministra de Defensa (en funciones) y del Subsecretario de Defensa, de conformidad con los informes de sus Asesorías Jurídicas, vienen estableciendo el CAMBIO DE CRITERIO que están aplicando en los casos de RESOLUCIÓN DE COMPROMISOS de Militares de Empleo por imposición de sanciones disciplinarias extraordinarias distintas a la Separación del Servicio (art. 118 Ley 39/07 y 10 Ley 8/2006), que viene realizándose "ope legis" por aplicación de dicha normativa. El cambio de criterio indica que PRIMERO DEBE CUMPLIRSE la sanción disciplinaria de suspensión de empleo y posteriormente se deberá abrir "si procede" el expediente de resolución de compromiso, en el que "deberá ser oído el interesado", y además ORDENA EL REINGRESO EN EL EJÉRCITO de aquellos a los que se les resolvió el compromiso por estos motivos. Esto abre una NUEVA VÍA a la que podrán incluso acogerse el personal al que se haya resuelto el compromiso previamente por estos motivos, por lo que si está en estas circunstancias, póngase en contacto con el despacho si le interesa REINGRESAR EN EL EJÉRCITO donde, además, se solicitará el abono de las retribuciones dejadas de percibir.