ABONO NOMINA ABRIL 2013 DESCUENTO ISFAS DICIEMBRE 2012 SOBRE PAGA EXTRA NO ABONADA
23/02/2013
En virtud del RDL 3/2013, de 22 de febrero, en el que se modifica el régimen de tasas aplicable a cualquier ejercicio de la potestad jurisdiccional, se nos reduce (al igual que en el ámbito laboral) a un 50% el importe de las tasas por la interposición de recursos de casación y apelación en materia contencioso-administrativa, y además, se reduce la tasa de interposición de contencioso-administrativos en materia disciplinaria, manteniendo la exención de la interposición de un contencioso-administrativo en materia de personal por funcionarios públicos, o por silencio administrativo. Por otro lado, en su Disposición Adicional única, se establece que en la paga del mes de abril de 2013 se abonará a los funcionarios (incluidos militares y guardias civiles) la cuantía que les fue detraída en el mes de diciembre de 2012 por ISFAS correspondiente a la paga extra que no se percibió.
Se acompaña pdf con el RDL 3/2013, de 22 de febrero.